Pulsa fuera para salir.

22/06/2005

La Justicia anula en parte el Convenio Colectivo de la agencia Servimedia porque perjudica a los trabajadores de nueva contratación

Madrid, 22 de junio de 2005. (Comunicado de la Junta Ejecutiva del SPM).

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha acordado, a instancias del Sindicato de Periodistas de Madrid (SPM), anular nueve artículos del Convenio Colectivo de la agencia de noticias Servimedia, así como la clasificación profesional de los empleados y la tabla salarial, porque vulneran las leyes vigentes y perjudican a los trabajadores de nueva contratación. Según la sentencia, los firmantes del Convenio decidieron “el desmantelamiento de las condiciones económicas que habían alcanzado” en los años anteriores, pero lo hicieron de tal manera que los únicos “perjudicados” fueran quienes comenzaran a trabajar en la empresa después de que entrara en vigor ese Convenio.

En junio de 2003, los dos miembros del SPM que formaban parte del Comité de Empresa se negaron a firmar el Convenio Colectivo porque perjudicaba a los trabajadores de nueva contratación y lo impugnaron ante los tribunales. Los otros tres miembros del Comité no sólo firmaron el texto ahora declarado ilegal, sino que en la demanda estuvieron asistidos por el mismo abogado que la empresa.

Los magistrados dan la razón al SPM y declaran que en el Convenio –vigente para 2003, 2004 y 2005– se estableció un sistema de categorías profesionales, pero no se definieron sus funciones, lo que permite que sea la empresa, “unilateralmente y a su arbitrio”, quien pueda encuadrar a cada trabajador en la categoría que considere más conveniente.

En el Convenio también se suprimieron varios pluses —entre ellos el de titulación— y se englobaron en uno de nueva creación, con lo que los trabajadores nuevos también salen perjudicados porque no perciben esas cantidades.

Con el nuevo Convenio, según se explica en la sentencia, se da el caso de que una persona que trabaje en la agencia Servimedia desde el año 2000 cobra 1.442 euros al mes, y otra que haya entrado a partir de 2003 y hace el mismo trabajo que la anterior percibe 963 euros, una diferencia que los magistrados consideran “cuantiosa”. Esto, según el TSJM, vulnera el derecho constitucional a la igualdad en materia de retribuciones.

Servimedia vuelve a vulnerar derechos laborales

No es la única sentencia contra Servimedia, propiedad de la Fundación ONCE. En los últimos años, esta agencia ha sido condenada a renovar el contrato y hacer fija a una trabajadora que pertenecía al Comité de Empresa y a readmitir a un trabajador que fue despedido por opinar en una asamblea. También se vio obligada a indemnizar a otra trabajadora a la que no renovó después de que declarara en un juicio a favor de un compañero.

El SPM pide a la dirección de la ONCE que lleve a cabo las medidas que considere pertinentes para que la agencia Servimedia respete la legalidad y la actividad sindical, y cese en su práctica de vulnerar derechos de los trabajadores.

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